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La Justicia y los Derechos humanos

 
8 mayo 2020   |   , ,
 
Por Antonio Amato

Recibimos una carta de Antonio Amato, funcionario del Servicio Social de la Oficina de Ejecución Criminal Externa de Bolonia. Durante los últimos veinte años, el Dr. Amato se ocupó especialmente de medidas y sanciones comunitarias, alternativas a las penas de prisión; desde hace unas semanas se pensionó. Inicialmente, su carta puede parecer una denuncia de la situación en las cárceles italianas. En realidad, no es así, esto existe pero hay mucho más: es la toma de conciencia de una herida abierta en la sociedad, es una solicitud, dirigida a los jóvenes, pero idealmente es para todos, para afinar la sensibilidad que permita responsabilizarse juntos de un drama que involucra a muchas personas, en todo el mundo. #Intimeforpeace también es esto.

Me llamo Antonio Amato (…) y quisiera tratar de decirles algo sobre el tema de la justicia y los derechos humanos, tomándolo sobre todo de mi experiencia profesional adquirida en 40 años de servicio.

Una premisa

“Algo más precioso que el oro, pero también el ideal más difícil de alcanzar”, decía Sócrates refiriéndose a la justicia, mientras que Gustavo Zagrebelski[1]  la recuerda como una” palabra oscura”. Pero después de todo, continúa, todos los grandes cuestionamientos de la vida se expresan con palabras que están lejos de ser unívocas (…) Por esto no podríamos limitarnos a consideraciones cortas, pequeños pensamientos…

Le ejecución de la pena en Italia

Para hablar de ejecución de la sentencia y de la prisión, es necesario hacer referencia al art. 27 de la Constitución italiana, que recuerda que “las penas no pueden consistir en tratos contrarios al sentido de humanidad y deben apuntar a la reeducación”. El propósito de reeducación de la pena se debe reflejar adecuadamente en toda la legislación. Pero, ¿cuántos son y quiénes son las personas detenidas en las 189 cárceles italianas y cuánto es actual el sistema penitenciario italiano, condenado ya por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos por el trato inhumano, degradante (ver hacinamiento en las instituciones penitenciarias), y distante de las connotaciones y de la tarea asignada a la pena por la Constitución? ¿Cuánto puede garantizar la efectividad de los derechos relacionados con el mantenimiento de las relaciones con el mundo exterior, al derecho al trabajo, a la buena salud, a la educación, a la esfera religiosa, a los derechos políticos?

Las personas en la cárcel

Las personas condenadas en Italia, al igual que en otros países y particularmente en los Estados Unidos, en su mayoría pertenecen a la población más débil: toxico dependientes, enfermos psíquicos, migrantes, personas de bajos recursos económicos, sociales, culturales, con dificultad de inserción laboral, privaciones afectivas y relacionales. Sólo un pequeñísimo porcentaje de ellos ha tomado una decisión de estilo de vida delincuencial y marginal, y hacen parte del así llamado “crimen organizado”.

Cuando llegan a nuestras oficinas, por haber cumplido su pena o por concesión de una medida alternativa a la detención, estas personas presentan dificultad de autonomía, autodeterminación, comunicación y relaciones, a diferentes niveles, con un nivel de tolerancia a las frustraciones muy bajo que los lleva a vivir con gran dificultad también las actividades más normales, como esas laborales, relacionales o un simple coloquio.

Pero, ¿qué es la cárcel? Muchos observadores lo definen como un gran conteiner de pobreza, como un vertedero social. De hecho, la cárcel arroja sombras sobre cómo la sociedad enfrenta sus problemas sociales: es suficiente encarcelar a los culpables y olvidarlos. Pero ¿hasta cuándo? Y ¿con qué costos de personal y de estructuras?

La Constitución italiana, lo hemos leído, nos dice que la pena debe apuntar a la reintegración social de las personas, pero para la mitad de los prisioneros no se prevé la reintegración social. No está previsto porque son personas sin código fiscal, sin residencia, sin trabajo y por lo tanto no pueden acceder a medidas alternativas a la detención ni pueden ser reinsertados socialmente al momento de la excarcelación. Es un modelo que genera frustración para quien lo vive y también para quienes lo aplican…

De hecho, un dirigente de la administración penitenciaria sostiene que la cárcel enfrenta un problema dramático en nuestra sociedad; el crecimiento de las desigualdades: el hacinamiento en las cárceles es la señal que la sociedad está eligiendo la prisión como respuesta a los problemas de desigualdad social, mientras que tendría que enfrentarla con la redistribución de los recursos y la equidad social. En cambio de gestionar un problema, se arrincona utilizando el sistema penal, y de hecho donde hay una reducción del gasto social, hay también siempre un aumento en el gasto médico y carcelario; por lo tanto los problemas se medican o encarcelan.

Conclusiones

Vivimos en tiempos desordenados, pesados en los que reina el extremismo de las emociones y, si queremos encontrar puntos de encuentro, no debemos apuntar a las utopías, la justicia absoluta, sino contentarnos, por el tiempo que vivamos, con el rechazo de la injusticia radical. Y ya sería un gran resultado.

La comisión de un delito da lugar al deber del culpable de pagar su deuda con la sociedad. Pienso que la cárcel no sea la forma más efectiva de saldar esa deuda: el 70% de los liberados de prisión por conclusión de la pena, comete nuevos delitos y los costos diarios de detención son altos, de los 130 a 140 euros diarios por cada detenido; tenían razón los economistas liberales: “Demasiada reclusión mata la reclusión”.

La cárcel no es, por tanto, un simple escudo contra la delincuencia sino un arma de doble filo.

Estoy convencido de que hablar de estos temas, sobre todo con ustedes los jóvenes, compartir el hecho de que la realidad es compleja y no permite dividir el bien del mal de una manera simple y clara, que existe una frontera muy delgada entre la legalidad y la ilegalidad, contribuye a reforzar su sensibilidad, enriquecer sus sentimientos, su experiencia que será útil para vivir mejor con los demás y enfrentar la vida cuando se presente en su punto más oscuro y sombrío.

Nos podemos acercar al mal para entender y comprender, manteniendo la justa distancia en el juicio, que significa precisamente saber aceptar que hay personas e historias pesadas que de todas formas nos pueden enseñar algo.

Quisiera terminar esta breve reflexión con las palabras del poeta Aimé Cesarie: «Y sobre todo, mi cuerpo, y tú también alma mía, ten cuidado de no cruzar los brazos en la actitud estéril del espectador, porque la vida no es un espectáculo, porque un océano de dolor no es un escenario, porque un hombre que se lamenta y grita no es un oso bailarín».

Bolonia, 26 de abril de 2020
Antonio Amato

[1] Gustavo Zagrebelsky (San Germano Ghisone, Torino,1943) è un giurista e accademico, ex-presidente della Corte Costituzionale italiana.


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